MÓDULO DE TRANSPARENCIA

Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo


INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

La LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA tiene por objetivo general: Proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad.

El Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo pone a su servicio la información de carácter obligatorio a través de ésta página y si desea conocer información que no está dentro de la lista (y no está -reservada-) le invita a hacer sus solicitudes de información a través de las vías correspondiente.

Formato de Solicitud .
RESPONSABLES DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA

- Ing. Abel Coral Arévalo.- Personal designado por la Resolución Gerencial 010-2023-GRSM-PEHCBM-GG .

A continuación se pone a disposición pública el marco legal vigente que garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder a la información que producen o administran las entidades del gobierno. Dichas normas forman parte del proceso iniciado hacía una mayor transparencia en la gestión pública.

NORMATIVA
Documento Descripción Ver
Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Publicada el 3 de agosto de 2002. Finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del Art. 2 de la Constitución Política del Perú.
Ley 27927, Ley que modifica la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Publicada el 4 de febrero de 2003, modifica los artículos 2, 5, 6, 8, 9, 11, 15,16, 17 y 18 y la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final, y agrega los artículos 15-A, 15-B y 15-C en la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ley 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal.
Mediante Ley Nº 29542, se establece la Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, la cual tiene por objeto proteger y otorgar beneficios a los funcionarios y servidores públicos, o a cualquier ciudadano, que denuncien en forma sustentada la realización de hechos arbitrarios o ilegales que ocurran en cualquier entidad pública y que puedan ser investigados o sancionados administrativamente.
Resolución de Contraloría Nº 268-2015-CG. “Servicio de Atención de Denuncias” que establece los criterios para el tratamiento de las denuncias presentadas ante el Sistema Nacional de Control, garantizando la protección al denunciante y el contenido de la denuncia, así como fomentando y facilitando el ejercicio del control social sobre presuntos hechos arbitrarios o ilegales en la administración pública.